CONSULTA:

CONSULTA: 1956 –
Circ. 10/56 SCJ
Recuerda a los Tribunales y Juzgados en materia penal el cumplimiento del inc. 2 del art. . 45 de la Ley 9480 sobre elevación en consulta de todas las causas por delito de imprenta.- 1961 Circ. 9/61.-

CONSULTA: 1986
Circ. 60/86 SCJ (17/8/86) Acordada 6884 del 8/8/86:
Recomienda a los Señores Jueces el cumpli­miento de determinadas normas a efectos de una ade­cuada elevación de causas penales en Consulta y de la ne­cesaria determina­ción de los motivos de remisión de expe­dientes pe­nales a la Corporación.-

CONSULTA: 1991
Circ. 34/91 SCJ (21/6/91)
Resolución 647/91 de la Suprema Corte de Justi­cia (Advierte a los Sres. Jueces y Actuarios que se considerará falta grave la repetición de omisiones o errores como los que se señalan en detalle, en materia de consulta, libertad condicional y libertad anticipada, reiterando el deber de vigilar personalmente el cumplimiento de las disposiciones legales y Acordadas vigentes. En particular, en el Numeral 1° se anota que se ha constatado que el auto de procesamiento no se dicta dentro de los plazos legales).-


CONSULTA: 2009
Circ. 148/2009 DGSA 8/12/2009
Res 3470 de la SCJ Hace saber los Errores y omisiones frecuentes constatados en expedientes que son elevados a la Corporación en Consulta, Libertad Condicional, Libertad Anticipada, y a los efectos de la Visita Anual de Cárceles y Vista de Causas .- Líbrese circular de la presente resolución, a todos los Juzgados Letrados con competencia penal, advirtiendo a los Señores Jueces y Actuarios, que se considerara falta grave la repetición de omisiones o errores como los señalados, reiterando el deber de vigilar personalmente el cumplimiento de las disposiciones legales y Acordadas vigentes.

CONSULTA: 2009
Res. 3471 SCJ Sec. Consultas
Res 3471 de la SCJ A efectos de actualizar la adecuada elevación de causas penales en Consulta y la necesaria determinación de los motivos de remisión de expedientes penales a la SCJ, se resolvió recomendar a los Magistrados una serie de normas.-

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